Acusan al Ayuntamiento de modificar el PGOU a medida de las grandes superficies
La Confederación de Asociaciones de Comerciantes de Euskadi “Euskaldendak” ha hecho
público esta mañana la presentación de un recurso contencioso-administrativo contra el
Acuerdo de 25 de septiembre de 2014 del Ayuntamiento de Bilbao con la modificación de la
normativa relativa a la regulación del uso terciario comercial y del uso productivo del Plan
General de Ordenación Urbana de Bilbao.
Según los portavoces de Euskaldendak, esta demanda tiene como finalidad evitar la
pretendida “dispensa exclusivamente a los establecimientos del Área Central de Bilbao,
de la aplicación de las exigencias aplicables al resto de los establecimientos del
Municipio” y revisar las “Condiciones especiales de las manzanas macizas”.
Esta modificación varía una adaptación previa del PGOU de 2010, “con la excusa de una
supuesta adaptación a normativa europea cuando resulta que el PGOU de Bilbao ya
estaba perfectamente adaptado a la normativa europea”.
Así, los portavoces de Euskaldendak denuncian lo que “parece una operación urbanística
a medida para allanar el camino a la entrada de grandes superficies y franquicias al
centro de Bilbao y especialmente a la Gran Vía, dejando desamparados a los pequeños
comerciantes del Área Central, que ven como el Ayuntamiento pone la alfombra roja a
las grandes marcas en favor de intereses inmobiliarios de las entidades financieras”.
Según informan los comerciantes, la nueva normativa es discriminatoria, poniendo
como ejemplo que “un local en el Casco Viejo tendrá que aplicar el plan especial
comercial y cumplir requisitos que sin embargo de encontrarse en la plaza Circular se le
dispensan”.
Liberalización horaria y PGOU a medida
Este cambio se suma a la pretendida liberalización horaria en supuestas zonas de gran
afluencia turística como el Área Central de Bilbao, Deusto y Parte Vieja. Según los
comerciantes, “es fácil imaginar el incremento de valor en edificios de oficinas como los
de la banca si se les permite libertad horaria total, además de la posibilidad de ocupar
parcialmente los patios interiores y se les excepciona del cumplimiento de las normativas
urbanísticas”.